Por razones que no vienen al caso, en estas fechas he leído y consultado sobre el mandato representativo, y sobre Sieyès. Me ha sorprendido que hablara usted de él. Recuerdo que en un manual de Derecho Constitucional, don Óscar Alzaga Villaamil, al hablar de él, lo calificaba de “el poco modesto ábate Sieyès”, pues se autoadjudicaba la formulación la teoría del mandato representativo, la cual, siempre según Alzaga, le fue revelada en un sueño. Hablo de memoria y pido perdón si me equivoco.
El caso es que leyendo sobre la cuestión di con un artículo de don Antonio García-Trevijano que recoje una frase que, en mi opinión, resume una de las quiebras de nuestra democracia, convertida en democracia de partidos, donde los ciudadanos votamos para que los políticos hagan lo que les de la gana: “La prohibición del mandato imperativo tuvo, en su origen, sentido revolucionario. Y hoy lo tiene completamente reaccionario”
Sin perder de vista el pensamiento de su autor, creo que merece la pena leer el artículo.
http://antoniogarciatrevijano.com/2007/03/06/mandato-imperativo/